Plan Normativo del Ayuntamiento de Almuñécar 2026

PLAN ANUAL NORMATIVO DEL AYUNTAMIENTO DE ALMUÑÉCAR 2026

PRIMERO. En el ejercicio de la potestad reglamentaria, el Ayuntamiento de Almuñécar actuará de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, seguridad jurídica, proporcionalidad, transparencia y eficiencia.

a)   En virtud de los principios de necesidad y eficacia, la iniciativa normativa deberá de estar justificada por una razón de interés general, y estará basada en una identificación clara de los fines que justifiquen ser el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.

b)   En virtud del principio de proporcionalidad, la iniciativa que se proponga deberá contener la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir con la norma, tras constatar que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios.

c)   A fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la iniciativa normativa se ejercerá de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, autonómico, nacional y de la Unión Europea, para generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y compresión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas y empresas.

d)  En aplicación del principio de transparencia, el Ayuntamiento de Almuñécar posibilitará el acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y los documentos propios de su proceso de elaboración, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; definirá claramente los objetivos de las iniciativas normativas y su justificación en el preámbulo o exposición de motivos; y posibilitará que los potenciales destinatarios tengan una participación activa en la elaboración de las normas.

e)  En aplicación del principio de eficiencia, la iniciativa normativa debe evitar cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalizar, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.

f) Cuando la iniciativa normativa afecte a los gastos o ingresos públicos presentes o futuros, se deberán cuantificar y valorar sus repercusiones y efectos, y supeditarse al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

SEGUNDO. Las Ordenanzas y Reglamentos de nueva redacción, o las que sean en su caso modificadas o derogadas, habrán de contener una exposición de motivos o preámbulo en el que quede justificado debidamente la adecuación de dicha norma a los principios de buena regulación transcritos en el punto anterior.

TERCERO. De forma general las iniciativas normativas deberán incorporar un informe jurídico en el que se valore, entre otros aspectos, la incidencia de la nueva iniciativa en la normativa vigente, el análisis técnico legislativo de las normas, así como el análisis jurídico del contenido de la misma etc.

CUARTO. En cumplimiento de los objetivos previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberá tenerse siempre presente el principio de calidad de la norma y para su efectividad se podrá tener en cuenta las siguientes instrucciones:

  • El texto normativo debe ser elaborado en forma clara, sencilla, precisa y coherente. Ha de ser por ello de fácil compresión sin incorporar elementos superfluos ni contradictorios.
  •  Así mismo, el contenido de la norma deberá ser homogéneo sin incluir cuestiones diversas o diferentes o que en definitiva escapen a su objetivo material.

QUINTO.- El Ayuntamiento revisará anualmente su normativa vigente para adaptarla a los principios de buena regulación y para comprobar que las normas han conseguido los objetivos previstos y comprobar la cuantificación de costes y cargas, en su caso.

La citada evaluación se plasmará en un informe que se hará público en el ejercicio posterior al año al que se refiere.

SEXTO.- Los Reglamentos y Ordenanzas que se incluyen en este Plan para su modificación, aprobación o derogación, son los siguientes:

1.- Ordenanzas y Reglamentos de nueva creación:

  • Ordenanza Fiscal de la Tasa por Suministros de energía eléctrica en los recintos feriales y otros festejos.
  • Ordenanza Fiscal reguladora del Precio Público para Actividades y Espectáculos diversos, en el cual se regule el precio público a satisfacer por espectáculos conciertos, eventos y análogos realizados por el Ayuntamiento de Almuñécar y que se desarrollen en las diversas instalaciones, espacios culturales, deportivos, feriales de carácter municipal.
  • Ordenanza Fiscal reguladora del Arrendamiento de Viviendas del Centro de la Tercera Edad.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización del aula de formación del Estadio Municipal de Deportes.
  • Ordenanza Fiscal reguladora del precio público por la Prestación del Servicio de Escuelas Infantiles municipales.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación de los servicios de celebración de Matrimonios Civiles.
  • Reglamento de Régimen Interno de Servicios Sociales.
  • Reglamento de Régimen Interno del Centro de Día para mayores.
  • Plan Local de Infancia y Adolescencia.
  • Reglamento del Consejo Local de Infancia y Adolescencia del municipio de Almuñécar.
  • Plan Local de Adiciones.
  • Ordenanza Orgánica Municipal.
  • Ordenanza General Reguladora de la Celebración y Autorización de Matrimonios Civiles en el Ayuntamiento de Almuñécar.
  • Ordenanza para el uso y disfrute de las playas.
  • Ordenanza Municipal de tenencia y bienestar animal.
  • Reglamento de las Normas reguladoras de las Indemnizaciones por razón de Servicios: Dietas y Gastos de desplazamiento

2.- Modificación de las siguientes Ordenanzas y Reglamentos:

  • Ordenanza fiscal general de Gestión, Recaudación e Inspección.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Licencia de Obras.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales y otros.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Culturales.
  • Ordenanza reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Mercados.
  • Ordenanza fiscal de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del vuelo, suelo y subsuelo del dominio público municipal a favor de las empresas explotadoras de servicios de suministros.
  • Ordenanza reguladora del Precio Público por la Prestación de Servicios Hoteleros- Picadero Municipal.
  • Ordenanza reguladora de la Tasa por Ocupación del dominio público marítimo terrestre por establecimiento de servicios de temporada.
  • Ordenanza Fiscal de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos.
  • Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre vehículo de tracción mecánica.
  • Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos.
  • Ordenanza reguladora de la carga y descarga.
  • Ordenanza reguladora de ayudas de emergencia social y transferencias a familias de servicios sociales para cubrir situaciones de especial necesidad en el municipio de Almuñécar.
  • Ordenanza municipal reguladora del Servicio de ayuda a domicilio.
  • Ordenanza municipal para la defensa de los consumidores y usuarios.
  • Ordenanza municipal reguladora de la circulación de vehículos con la cilindrada inferior a 50 cc.
  • Ordenanza municipal de protección del medio ambiente contra la emisión de ruidos, vibraciones y otras fuentes perturbadoras.
  • Ordenanza municipal control animal.
  • Ordenanza municipal reguladora de la intervención en materia de licencias urbanísticas.
  • Ordenanza municipal reguladora de la intervención en materia de actividades.
  • Ordenanza reguladora de la utilización de edificios y dependencias municipales.
  • Ordenanza municipal del Servicio de Limpieza.
  • Ordenanza municipal de Convivencia en Espacios Públicos.
  • Ordenanza reguladora de la Sede y de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Almuñécar.

 

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